miércoles, 25 de abril de 2012

La praxis educativa


En la página  231 se habla en primer lugar del obrar como acción que revierte en el propio sujeto frente al  producir, hacer como una acción que revierte en un efecto exterior. A continuación  se denomina praxis a la acción educativa (práctica) que tiene por finalidad al agente mismo y “entraría en el ámbito de las actuaciones morales”; y la técnica implicaría la realización de algo exterior al propio agente.  Y por último, el agente, que en todos los casos es el ser humano
Al final de la página se señalan dos modelos de educación vigentes:
a)      La educación como praxis: cada persona se va autorrealizando.
b)      La educación como práctica: como la influencia guiada sobre un sujeto (el educando).

La duda es la siguiente: siendo el agente, el ser humano racional, ¿la praxis educativa debería también incluir al docente cuando reflexiona sobre su obrar, tal y como señala Martínez Martín, M (1998) cuando “aborda la perspectiva profesional del profesorado a partir de lo que él define con el término de “contrato moral”? ¿Y lo haría desde la moral socialmente establecida o desde los principios éticos?

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